Por Bárbara
Artículo 2 de la Constitución: "La constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible....
Artículo 138: "El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español. Las diferencias entre los estatutos de las distintas Comunidades autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios
económicos o sociales.
Se acercan nuevamente elecciones municipales y autonómicas y una (o uno, habrá que decir en el caso, teniendo en cuenta la nueva moda imperante, llevada hasta el sarcasmo, en cuanto a la utilización del género en nuestro idioma, que no es sino un síntoma más de la banalidad y trivialidad en que está inmersa nuestra sociedad, abducida por una clase política tan depravada como falaz, donde el interés y defensa de la denominada res pública, ha dejado de ser su encomienda obligacional) piensa que la cita electoral pone de manifiesto una vez más la desidia e indolencia, de la defensa a ultranza de lo verdaderamente trascendental: el interés común de la nación y de todos los españoles con los ambages que ello conlleva.