En un país donde hasta las instituciones que deberían ser más independientes (como los órganos que constituyen la cúpula de nuestro sistema judicial, la Fiscalía General, las Comisiones que regulan la Competencia o la Energía...) actúan de forma altamente previsible (y casi siempre coincidente con el de quien nombra, quien paga o quien elige "cuota, dependiendo de los casos), desde un punto de vista ciudadano se agradecen comportamientos como el del actual Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, que ha decidido hacer uso de su facultad de interponer recurso de inconstitucionalidad frente al nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña.
Y es que, aunque a Enrique Múgica se le nombrase durante el mandato del anterior Gobierno, lo hizo el parlamento por mayoría cualificada, la permanencia en su cargo depende hoy más del PSOE y sus aliados que del PP, y no puede olvidarse tampoco que se trata de un histórico socialista, por lo que la interposición de este recurso difícilmente puede interpretarse en clave de conveniencia personal. Estamos ante un gesto de independencia y un ejercicio de responsabilidad que es, además, lo que debe caracterizar siempre a una institución como la del Defensor del Pueblo.
Múgica ha aportado argumentos básicamente jurídicos para justificar su decisión. Considera que el regular unos derechos y deberes específicos en Cataluña invade un ámbito constitucional y puede vulnerar el principio de igualdad de todos los españoles ante la ley. El Defensor del Pueblo cree que dar un carácter "nacional a la comunidad autónoma, e incluso introducir elementos diferenciadores en el ejercicio de soberanía, incide sobre el principio constitucional de una soberanía indivisible que reside en el conjunto del pueblo español. También ha contemplado en su recurso que la regulación de la lengua, no respeta, a su juicio y al de sus asesores y su equipo, la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la misma y ha tenido en cuenta que muchos ciudadanos sienten vulnerado sus derechos, como pone de manifiesto el gran número de quejas que ha recibido y a las que la institución del Defensor del Pueblo no podía ser ajena, pues forma parte de su cometido. La regulación del sistema judicial, las competencias exclusivas y la bilateralidad son también objeto del recurso, en la medida en que pueden contradecir la Constitución. Y, finalmente, la exclusividad del Sindic de Greuges para controlar a la administración catalana afecta a la propia institución recurrente, puesto que contradice lo dispuesto en la Constitución y en la propia ley sobre el Defensor del Pueblo.
El ex ministro Montilla, candidato del PSC-PSOE a la Presidencia de la Generalitat, se apresuró a decir que el Defensor del Pueblo había actuado "al dictado del PP, aunque el Presidente Rodríguez Zapatero no tuvo más remedio que corregirle con una declaración institucional y respetuosa, afirmando que "quien ejerce un derecho, a nadie ofende. Los nacionalistas catalanes, por descontado, cargaron contra el Defensor del Pueblo por el hecho de que éste haya cumplido con su obligación.
Siempre que alguien se rasga las vestiduras ante la interposición de un recurso de inconstitucionalidad, habría que preguntarse por qué tienen tanto miedo de que el Tribunal Constitucional se pronuncie. Si tan seguros están de que el texto legal en cuestión no contradice la Constitución, ¿qué mejor aval que contar con un pronunciamiento expreso en tal sentido? Lo que pasa es que el zapaterismo es consciente de que, si en el TC no prevalecen motivaciones extrajurídicas, existen motivos fundados para temer un pronunciamiento que les ponga en evidencia. Y a los nacionalistas, por su parte, les trae al fresco si el Estatuto respeta o no la Constitución.
Lo malo de esta situación es que esa independencia que ha demostrado el Defensor del Pueblo mucho nos tememos que no es predicable, al menos con la misma rotundidad, del Tribunal Constitucional, y significativos ejemplos existen en el pasado para ponerlo de manifiesto. Ahí, lamentablemente, más que a la solidez de fondo de los recursos presentados, habrá que estar muy atentos, esta vez sí, a las "cuotas, es decir, a los partidos que han propuesto a cada componente del TC. Tendremos ocasión, una vez más, de comprobar qué asombrosa coincidencia de posturas se da entre los argumentos jurídicos y el origen político de cada componente, salvo contadas y honrosas excepciones en las que nos gustaría poder confiar.